El 26 de marzo de 2021, el Presidente de la República envió a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión una “Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos” (la “Iniciativa”). Como describimos con mayor detalle a través de nuestro Newsflash del 29 de marzo de 2021, la Iniciativa buscaba:

(i) dejar claro que los permisionarios deben cumplir con las políticas de almacenamiento que emita la Secretaría de Energía (“SENER”), 

(ii) modificar los efectos del silencio administrativo en la solicitud de autorización para la cesión de permisos otorgados al amparo de la Ley de Hidrocarburos (“LH”), estableciendo que en caso de que la SENER o la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) no emitan respuesta transcurrido un plazo de 90 días, la solicitud deberá de entenderse negada, 

(iii) revocar permisos que estén relacionados con permisionarios que lleven a cabo comercio ilícito y medición indebida de hidrocarburos y petrolíferos, y 

(iv) adicionar a la LH el artículo 59-Bis, mediante el cual se dota a la autoridad de facultades para suspender temporalmente los permisos cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o la economía nacional, estableciendo el marco legal aplicable para estos efectos.


El 31 de marzo de 2021, la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados sostuvo una mesa de discusión para analizar la Iniciativa y sus implicaciones, en la cual diferentes expertos del sector (incluyendo miembros de nuestra Firma) expresaron sus preocupaciones respecto a los aspectos más relevantes de la misma. El 14 de abril de 2021, la Cámara de Diputados discutió y aprobó la Iniciativa con algunas modificaciones al artículo 59-Bis. 

El 22 de abril de 2021, la Cámara de Senadores aprobó la Iniciativa sin modificaciones adicionales, enviándola al Ejecutivo para su aprobación y publicación. El 4 de mayo de 2021, el Ejecutivo publicó la Iniciativa en el Diario Oficial de la Federación, la cual entrará en vigor a partir del 5 de mayo de 2021.

Aunque algunas de las modificaciones que la Cámara de Diputados realizó a la Iniciativa fueron positivas, la adición del artículo 59-Bis a la LH aún genera una importante preocupación desde una perspectiva legal, pues algunas de las disposiciones contenidas en dicho artículo vulneran el orden constitucional y derechos fundamentales. En ese sentido, las modificaciones a la LH conllevan posibles implicaciones adversas para los permisionarios, por lo que se deben de considerar los medios de defensa que se tienen al alcance para buscar protección legal, como pudiera ser el juicio de amparo. 

Adicionalmente, es importante resaltar que el pasado 29 de abril de 2021, el Senado de la República discutió y aprobó una iniciativa para derogar el artículo 13 transitorio de la LH, que permitía a la CRE imponer regulación asimétrica a PEMEX para mejorar las condiciones de competencia y beneficiar a nuevos participantes. La eliminación de la regulación asimétrica en los mercados regulados por la LH afectará la neutralidad competitiva y es sin duda un paso que vulnera la competencia y libre concurrencia. Los agentes económicos afectados también cuentan a su alcance con recursos legales que podrán hacer valer para combatir las implicaciones adversas que tal derogación puede llegar a tener en sus actividades en el sector. 

Los invitamos a comunicarse con sus contactos usuales en Ritch Mueller para comentar cualquier situación particular en relación con la Iniciativa, las posibles consecuencias adversas en casos específicos y los posibles medios de defensa que podrían implementarse en relación con cualquiera de dichas consecuencias. En caso de ser necesario, ponemos a su disposición la dirección [email protected] mediante la cual podremos canalizar su inquietud a los miembros idóneos de nuestro equipo.