El 12 de noviembre el titular del Poder Ejecutivo Federal envió al Congreso de la Unión la iniciativa con proyecto de decreto que pretende reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, el Código Fiscal de la Federación, la Ley del Impuesto sobre la Renta y la Ley del Impuesto al Valor Agregado, entre otros ordenamientos, con la intención de erradicar los esquemas de outsourcing o subcontratación laboral. 

Al tratarse de una iniciativa (cuyas reformas se pretende entren en vigor a partir del 2021), ésta deberá ser discutida por el Congreso y generará discusiones importantes entre el gobierno y el sector empresarial, por lo que dicha iniciativa podría llegar a sufrir modificaciones. A continuación incluimos un resumen de los puntos más relevantes de la iniciativa del Poder Ejecutivo Federal: 

Ley Federal de Trabajo

  • Se prohibirían los esquemas laborales de outsourcing o subcontratación laboral. 
  • Se modificaría la definición de “intermediarios laborales”, y se establecería la necesidad de contar con autorización de parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para los casos en que se requiera la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, así como la creación de un padrón de prestadores de servicios especializados. 
  • Se establecerían multas para aquéllos que lleven a cabo subcontratación de personal y para las personas físicas o morales que presten servicios especializados sin la autorización correspondiente. 

Código Fiscal de la Federación 

  • Se establecería una definición del concepto de “subcontratación de personal” para efectos fiscales. 
  • Se eliminaría la posibilidad de dar efectos fiscales (deducción o acreditamiento) respecto de pagos que se hagan en relación con subcontratación de personal. 
  • Se incluiría un supuesto de responsabilidad solidaria para las personas que contraten servicios mediante subcontratación laboral, por un monto equivalente a las contribuciones que se hubieran causado a cargo de los trabajadores con los que se preste el servicio. 
  • Se establecerían multas considerables cuando el contratista no cumpla con la obligación de entregar al contratante cierta información y documentación, así como para los contribuyentes que den efecto a los comprobantes de subcontratación. 
  • La implementación de “esquemas simulados” de prestación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, o la realización de subcontratación de personal, se volvería un delito de defraudación fiscal calificado. 

Ley del Impuesto sobre la Renta 

  • Las erogaciones derivadas de la prestación de servicios especializados sólo se podrían deducir cuando el prestador de los servicios cuente con la autorización correspondiente y entregue al contratante copia de: (i) dicha autorización, (ii) los comprobantes fiscales emitidos por concepto de pago de salarios, (iii) la declaración de entero de las retenciones de impuestos y (iv) los pagos de las cuotas obrero-patronales. 

Ley del Impuesto al Valor Agregado

  • Para el acreditamiento del impuesto tratándose de servicios especializados o de obras especializadas, el contratante tendría que obtener copia de: (i) la autorización de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y (ii) la declaración del impuesto al valor agregado y del acuse de recibo del pago correspondiente al periodo. 
  • Se derogaría el supuesto de retención del 6% para los contribuyentes que reciban servicios a través de los cuales se ponga personal a su disposición. 

Disposiciones transitorias


  • Las conductas delictivas que hayan sido cometidas con anterioridad a la entrada en vigor del decreto serían sancionadas de conformidad con la legislación vigente al momento de la comisión de los hechos. 
  •  Se firmarían convenios de colaboración para el intercambio de información y acciones de verificación conjuntas entre todas las autoridades involucradas.


Al tratarse de una iniciativa, el proceso de la misma deberá ser monitoreado por si llegara a modificarse y, en su caso, a aprobarse.