El 1 de mayo de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que otorga el subsidio para el empleo (el “Decreto”), el cual entró en vigor en esa misma fecha. 

El propósito del Decreto es mantener el beneficio otorgado a los trabajadores con bajos ingresos, mediante la adaptación y modernización del mecanismo fiscal del subsidio para el empleo que anteriormente estaba vigente. 

El Decreto establece que los trabajadores a que se refiere el artículo 94, primer párrafo y fracción I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta podrán gozar del subsidio para el empleo indicado en el Decreto en lugar del subsidio para el empleo establecido el Artículo Décimo del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2013. 

Principales Cambios 

Entre los cambios más importantes del Decreto se encuentran los siguientes:

  • Sustitución de la tabla de montos variables por una cuota mensual equivalente al 11.82% del valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
  • Establecimiento de un límite salarial de $9,081.00 pesos para ser beneficiario del subsidio. 
  • Ajuste automático anual del subsidio para reflejar las variaciones en el costo de vida. 
  • El subsidio para el empleo se aplicará contra el impuesto sobre la renta correspondiente al mes de calendario de que se trate. Si el ISR es menor al subsidio, la diferencia no podrá aplicarse contra el impuesto que resulte a su cargo posteriormente, ni se entregará cantidad alguna por concepto del subsidio para el empleo 

Procedimiento y cálculo del subsidio: 

El procedimiento para calcular el subsidio se ha simplificado, permitiendo una aplicación más eficiente. Entre las disposiciones del Decreto se incluye lo siguiente: 

  • Para pagos por periodos menores a un mes, se debe dividir la cuota mensual del subsidio entre 30.4 y se multiplica por el número de días del periodo de pago.
  • Los trabajadores con múltiples empleadores deben elegir uno para recibir el subsidio y comunicar esta elección por escrito a los demás empleadores. 

El Decreto establece cómo se deberá manejar el subsidio al empleo en la declaración anual de impuestos de los trabajadores, asegurando que se considere adecuadamente en el cálculo del impuesto a cargo. 

Es importante destacar que el subsidio no se contabilizará como ingreso acumulable ni se incluirá en el cálculo de la base gravable para cualquier otra contribución, ya que no constituye una compensación por el trabajo personal subordinado.
 
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